Legislación de Precios de Transferencia 2025: Obligaciones, riesgos y oportunidades para las empresas en México
- Control Faec
- 18 ago 2025
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 19 ago 2025

En 2025, la materia de Precios de Transferencia en México se posiciona como uno de los principales focos de fiscalización del SAT, convirtiéndose en un mecanismo clave de recaudación y control. Tanto grandes empresas como PYMES que realicen operaciones con partes relacionadas —ya sean nacionales o extranjeras— deben prestar especial atención a sus obligaciones para evitar multas y riesgos fiscales.
¿Quiénes están obligados? Deben contar con un Estudio de Precios de Transferencia quienes, en el ejercicio
anterior, hayan registrado ingresos superiores a:
$13 millones de pesos por actividades empresariales.
$3 millones de pesos por servicios profesionales.
Estas obligaciones aplican cuando existen operaciones con partes relacionadas, entendidas como empresas o personas que comparten control, capital o administración directa o indirectamente.
Obligaciones clave para 2025
Las empresas deberán cumplir con:
Estudio de Precios de Transferencia y Resumen Ejecutivo (LISR Art. 76, fracciones IX y XII).
Anexo 9 DIM – Fecha límite: 15 de mayo de 2025.
Declaración Informativa Local y Maestra – Fechas límite: 15 de mayo y 31 de
diciembre de 2025.
Declaración País por País – Fecha límite: 31 de diciembre de 2025 (para grupos
multinacionales con ingresos > $12 mil millones de pesos).
Cumplir con estas obligaciones no solo es un requisito fiscal, sino que permite sustentar las deducciones y márgenes de utilidad aplicados, reduciendo la exposición a auditorías.
Multas y sanciones: El incumplimiento puede derivar en sanciones que van desde $2,260 hasta $284,220 pesos
por operación, además de consecuencias más graves como:
Restricción de Certificados de Sello Digital (CSD) y suspensión de facturación.
Inhabilitación para participar en contratos con la Administración Pública Federal.
Inclusión en procesos de fiscalización y revisiones profundas de operaciones.
En casos de omisión de contribuciones, las multas pueden llegar al 75% del monto no declarado.
Cómo detecta el SAT las operaciones con partes relacionadas
El SAT cruza información a través de:
Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).
Facturación entre empresas del mismo grupo.
Solicitudes de devolución de IVA.
Declaraciones anuales y reportes como ISSIF o SIPRED.
En su Plan Maestro de Fiscalización 2025, el SAT pondrá especial atención a pagos al extranjero, reestructuras corporativas, pérdidas fiscales, márgenes de utilidad y operaciones con regímenes fiscales preferentes.
Recomendaciones para las empresas
Verificar si se encuentran en los supuestos de obligación.
Elaborar el Estudio de Precios de Transferencia con un consultor especializado y
actualizado en LISR y CFF.
Asegurar que las declaraciones se presenten en tiempo y forma, evitando errores
que puedan detonar auditorías.
Mantener evidencia documental y contable que respalde las operaciones por al
menos 5 años. Conclusión
La correcta gestión de los Precios de Transferencia no solo evita sanciones, sino que fortalece la estrategia fiscal y financiera de las empresas. En 2025, cumplir ya no es opcional, es una necesidad estratégica para proteger operaciones, reputación y flujo de negocios.
En FAEC México, con más de 17 años de experiencia en la materia, apoyamos a empresas de todos los sectores con estudios, declaraciones y diagnósticos preventivos que aseguran el cumplimiento normativo y agregan valor a la toma de decisiones corporativas.




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