Legislación de Precios de Transferencia 2025: Obligaciones, riesgos y oportunidades para las empresas en México
- Control Faec
- 18 ago
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Actualizado: 19 ago

En 2025, la materia de Precios de Transferencia en México se posiciona como uno de los principales focos de fiscalización del SAT, convirtiéndose en un mecanismo clave de recaudación y control. Tanto grandes empresas como PYMES que realicen operaciones con partes relacionadas —ya sean nacionales o extranjeras— deben prestar especial atención a sus obligaciones para evitar multas y riesgos fiscales.
¿Quiénes están obligados? Deben contar con un Estudio de Precios de Transferencia quienes, en el ejercicio
anterior, hayan registrado ingresos superiores a:
$13 millones de pesos por actividades empresariales.
$3 millones de pesos por servicios profesionales.
Estas obligaciones aplican cuando existen operaciones con partes relacionadas, entendidas como empresas o personas que comparten control, capital o administración directa o indirectamente.
Obligaciones clave para 2025
Las empresas deberán cumplir con:
Estudio de Precios de Transferencia y Resumen Ejecutivo (LISR Art. 76, fracciones IX y XII).
Anexo 9 DIM – Fecha límite: 15 de mayo de 2025.
Declaración Informativa Local y Maestra – Fechas límite: 15 de mayo y 31 de
diciembre de 2025.
Declaración País por País – Fecha límite: 31 de diciembre de 2025 (para grupos
multinacionales con ingresos > $12 mil millones de pesos).
Cumplir con estas obligaciones no solo es un requisito fiscal, sino que permite sustentar las deducciones y márgenes de utilidad aplicados, reduciendo la exposición a auditorías.
Multas y sanciones: El incumplimiento puede derivar en sanciones que van desde $2,260 hasta $284,220 pesos
por operación, además de consecuencias más graves como:
Restricción de Certificados de Sello Digital (CSD) y suspensión de facturación.
Inhabilitación para participar en contratos con la Administración Pública Federal.
Inclusión en procesos de fiscalización y revisiones profundas de operaciones.
En casos de omisión de contribuciones, las multas pueden llegar al 75% del monto no declarado.
Cómo detecta el SAT las operaciones con partes relacionadas
El SAT cruza información a través de:
Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).
Facturación entre empresas del mismo grupo.
Solicitudes de devolución de IVA.
Declaraciones anuales y reportes como ISSIF o SIPRED.
En su Plan Maestro de Fiscalización 2025, el SAT pondrá especial atención a pagos al extranjero, reestructuras corporativas, pérdidas fiscales, márgenes de utilidad y operaciones con regímenes fiscales preferentes.
Recomendaciones para las empresas
Verificar si se encuentran en los supuestos de obligación.
Elaborar el Estudio de Precios de Transferencia con un consultor especializado y
actualizado en LISR y CFF.
Asegurar que las declaraciones se presenten en tiempo y forma, evitando errores
que puedan detonar auditorías.
Mantener evidencia documental y contable que respalde las operaciones por al
menos 5 años. Conclusión
La correcta gestión de los Precios de Transferencia no solo evita sanciones, sino que fortalece la estrategia fiscal y financiera de las empresas. En 2025, cumplir ya no es opcional, es una necesidad estratégica para proteger operaciones, reputación y flujo de negocios.
En FAEC México, con más de 17 años de experiencia en la materia, apoyamos a empresas de todos los sectores con estudios, declaraciones y diagnósticos preventivos que aseguran el cumplimiento normativo y agregan valor a la toma de decisiones corporativas.




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